Medidas urgentes para dar respuesta a las consecuencias de la guerra en Ucrania

Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania.

 

Este miércoles 30 de marzo de 2022 ha sido publicado en el BOE el Real Decreto-ley 6/2022, de 29 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes en el marco del Plan Nacional de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la guerra en Ucrania. En él se recogen distintas medidas para mitigar las graves consecuencias que está teniendo la subida de los precios de la energía, de algunas materias primas e intermedias y, en definitiva, para paliar el impacto económico de la guerra de Ucrania.

Las medidas más relevantes que se adoptan en el Real Decreto-ley son las que exponemos a continuación:

 

Bonificación en el precio de los combustibles.

El Plan promueve una rebaja de 0,20 euros por litro de combustible repostado, entre ellos, gasóleo, gasolina, gas y adblue.

La bonificación se aplicará en el punto de venta y repostaje, que deberá hacer constar el importe de la operación, distinguiendo el precio antes de aplicar el descuento y después, así como el importe de la bonificación aplicada.

Los suministradores de carburantes y combustibles podrán solicitar mensualmente la devolución de los descuentos que implica esta bonificación y tendrán la posibilidad de pedir un adelanto a la Agencia Tributaria.

 

Prohibición de despedir.

Hasta el 30 de junio de 2022 se prohíbe recurrir al despido objetivo por causas relacionadas con el aumento de los costes energéticos a aquellas empresas beneficiarias de las ayudas directas previstas en el Real Decreto-ley. El incumplimiento de esta obligación conllevará el reintegro de la ayuda recibida.

Tampoco podrán recurrir al despido por causas objetivas las empresas que se acojan a las medidas de reducción de jornada o suspensión de contratos reguladas en el artículo 47 del Estatuto de los Trabajadores (reducción de jornada o suspensión del contrato por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción o derivadas de fuerza mayor) por causas relacionadas con la invasión de Ucrania.

 

Limitación de la subida de los alquileres.

Se fija una limitación extraordinaria de la actualización anual del alquiler de la vivienda habitual, impidiendo subidas superiores al 2%.

La persona arrendataria de un contrato de alquiler de vivienda habitual cuya renta deba ser actualizada porque se cumpla la correspondiente anualidad de vigencia de dicho contrato desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley hasta el 30 de junio de 2022, podrá negociar con el arrendador el incremento que se aplicará en esa actualización anual de la renta, estableciéndose que, en ausencia de pacto, la renta del contrato no podrá actualizarse por encima de la variación experimentada por el Índice de Garantía de Competitividad (IGC), un índice situado actualmente en el 2%.

 

Nuevos avales del ICO.

El Plan aprueba una nueva línea de avales de créditos ICO por 10.000 millones de euros para cubrir necesidades de liquidez provocadas por el aumento temporal del coste de la energía y los combustibles. Los créditos avalados podrán solicitarse hasta el 31 de diciembre de 2022.

Además, se extiende el plazo de vencimiento de los préstamos avalados por el ICO y el plazo de carencia para los sectores más afectados. Concretamente, los autónomos y pymes pertenecientes a los sectores agrícola, ganadero, pesquero y de transporte por carretera, especialmente afectados por el incremento de los costes energéticos, podrán solicitar una ampliación de la carencia de 6 meses.  

 

Ayudas directas para el sector agrario y pesquero.

El Real Decreto-ley incluye un paquete de ayudas para los sectores agrario y pesquero dotado con más de 430 millones de euros. Estas ayudas se gestionarán de forma urgente e inmediata.

Además, en relación al sector agrario, la norma también recoge la modificación normativa por la que se exime a los agricultores de la obligación de dejar en barbecho un 5 % de sus superficies de cultivo y se flexibiliza el requisito de diversificación.

Aplazamientos en las cuotas a la Seguridad Social.

En el Plan se aprueban como medidas de liquidez aplazamientos de las cuotas a la Seguridad Social a un interés muy reducido del 0,5% para empresas y autónomos de diversos sectores afectados por la coyuntura actual como el transporte urbano y por carretera, el agrario y el marítimo.

 

Medidas para la garantía de los etiquetados de los alimentos.

El Real Decreto-ley recoge medidas excepcionales sobre el etiquetado de alimentos como consecuencia de la reducción en el suministro de algunas materias primas provocada por la guerra de Ucrania.

La norma permite a las empresas alimentarias reetiquetar productos cuya composición se haya visto forzada a reformularse mientras la disponibilidad de determinados recursos esté comprometida por razones de aprovisionamiento con el único requisito obligatorio de que se recoja la información actualizada relativa a los ingredientes que reemplacen a los utilizados anteriormente.

 

Impulso de las energías renovables.

El Real Decreto-ley incluye una actualización extraordinaria de la retribución a las renovables, la cogeneración y los residuos, que permitirá reducir la factura eléctrica sin alterar la rentabilidad de las instalaciones.

También se aceleran los procesos de autorización para instalar generación eólica y solar en áreas con poco impacto ambiental y se reservan al menos 7 GW de capacidad de acceso para el autoconsumo.

 

Ayudas a la industria electrointensiva y gasintensiva.

Con efectos desde el 1 de enero de 2022 y hasta el 31 de diciembre de 2022, se aplicará un mecanismo de apoyo a la industria electrointensiva consistente en una reducción en la factura eléctrica del 80% del coste correspondiente a los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de electricidad aplicables en cada momento.

Además, se destinarán 125 millones de euros en ayudas directas a empresas gasintensivas, siendo los sectores que se van a beneficiar de estas ayudas: el papel y el cartón, el vidrio y la cerámica.

 

Por último, quisiéramos advertir de que lo expuesto en este artículo es sólo un resumen de las medidas más relevantes que recoge el Real Decreto-ley. Ante cualquier duda o para profundizar en el desarrollo normativo de estas medidas quedamos a su disposición y estaremos encantados de ayudarles en todo lo que sea preciso.

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