Desde el Departamento de Derecho Administrativo, le informamos, por si pudiera ser de utilidad, acerca de una nueva convocatoria de ayudas públicas.
Apoyo económico a empresas comerciales minoristas con dos o más años de antigüedad para realizar inversiones en equipamientos e infraestructuras.
Destinatarios
Empresas dedicadas al comercio minorista que no precisen de autorización administrativa especial para el ejercicio de la actividad, lo que excluye a farmacias y a estancos:
• Microempresas (menos de 10 empleados)
• Pequeñas empresas (menos de 50 empleados)
• Medianas empresas (menos de 250 empleados)
Características
1. TIPOS DE PROYECTOS SUBVENCIONABLES
• A) Inversiones en proyectos de Modernización o Reforma
• B) Inversiones en Proyectos específicos
• C) Inversiones TIC
2. REQUISITOS DEL ESTABLECIMIENTO COMERCIAL
• Estar integrado en trama urbana (ubicados en suelo urbano o urbanizable con un uso residencial dominante en la propia parcela o en las adyacentes).
• Quedan excluidos los establecimientos comerciales ubicados en polígonos industriales, comerciales o de servicios.
• Tener una antigüedad superior a dos años.
3. ACTIVIDADES ECONÓMICAS ACOGIBLES
• La actividad principal del negocio debe ser de comercio al por menor y debe estar comprendida entre las clases 47.11 y 47.79, conforme a la CNAE-2009.
• No son acogibles las actividades de servicios personales, como peluquerías, salones de belleza, centros de estética, etc., o actividades de degustación, restauración, hostelería, bares, cafeterías o similares.
4. PERIODO DE INVERSIONES ACOGIBLES:
Las realizadas o previstas entre el 1 de noviembre de 2014 y el 31 de octubre de 2015 (a estos efectos se tiene en cuenta la fecha de facturación).
Plazo de presentación
Del 24-03-2015 al 02-05-2015
Contacto de la Administración
Acceso a la dirección web específica de estas subvenciones.