Desde el 1 de abril de 2023, entran en vigor modificaciones relativas a la gestión de los partes de IT (incapacidad temporal) que resumimos y destacamos algunas de ellas:
- Se publica el 5 de enero el RD 1060/2022, de 27 de diciembre. Con él se introducen cambios en el procedimiento para la gestión de la IT, con el fin de agilizar los trámites correspondientes. Destacando la eliminación de la obligación por parte de la persona trabajadora de que sea ella quien entregue copia en la empresa.
- El servicio público de salud, mutua o empresa colaboradora enviará los partes médicos de baja, confirmación y alta al Instituto Nacional de la Seguridad Social, por vía telemática, de manera inmediata, y el primer día hábil siguiente al de su expedición.
- El Instituto Nacional de la Seguridad Social, comunicará a las empresas los datos relativos a los partes médicos de baja, confirmación y alta emitidos por los facultativos del servicio público de salud o de la mutua, referidos a sus personas trabajadoras, el primer día hábil siguiente al de su recepción.
- El Instituto Nacional de la Seguridad Social comunicará los datos relativos a los partes médicos de IT, para ello, se ha puesto a disposición el Fichero INSS Empresas (FIE), que permite descargar los datos por medio de SILTRA. De esta manera las empresas obtienen información de la situación de sus trabajadores respecto de las prestaciones de Seguridad Social que puedan generar.
Para mayor desarrollo de la información, pueden ponerse en contacto con ARPA Accounting.