En la Resolución del Departamento de Recaudación de la Agencia Estatal de Administración Tributaria, de 24 de mayo de 2018, publicada en el BOE de 8 de junio, se informa sobre el plazo de ingreso voluntario de las cuotas nacionales y provinciales de este impuesto, cuya recaudación es competencia de la Agencia Tributaria a través de las entidades de crédito colaboradoras mediante un documento de ingreso que se hará llegar a los contribuyentes.
Se dicta esta resolución para informar sobre qué se debe hacer en los casos en los que dicho documento de ingreso del impuesto no fuera recibido o se hubiese extraviado. En estos supuestos, se deberá realizar el ingreso con un duplicado que se recogerá en la delegación o administraciones de la Agencia Estatal de Administración Tributaria correspondientes a la provincia del domicilio fiscal del contribuyente, cuando se trate de cuotas de clase nacional, o correspondientes a la provincia del domicilio donde se realice la actividad, en el caso de cuotas de clase provincial.
Asimismo, en virtud de lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, General Tributaria, por el que se confiere a la Administración Tributaria competente la facultad de modificar el plazo de ingreso en período voluntario de las deudas tributarias (cuota a ingresar, pagos a cuenta, intereses de demora, recargos y otros), se establece que para el ingreso de la cuota de IAE correspondiente al ejercicio 2018, el plazo será del 17 de septiembre al 20 de noviembre de 2018.