Subvención a entidades sin ánimo de lucro para la promoción de la eficiencia energética, implementación de energías renovables e impulso movilidad sostenible y compartida
Plazo solicitud: 11 sept- 10 oct 2018
El plazo para la ejecución de la inversión será el comprendido entre el 1 de enero de 2018 y el 31 de octubre de 2018. Se entenderá que la actuación está ejecutada cuando los gastos se hayan facturado y pagado en dicho periodo.
Objeto: Los objetivos de la Directiva 2012/27/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, relativa a la eficiencia energética, son:
- Reducir en un 20% las emisiones de gases de efecto invernadero en relación con los niveles de 1990.
- Obtener el 20% de la energía en fuentes renovables.
- Aumentar en un 20% la eficiencia energética.
La finalidad de esta convocatoria de ayudas es contribuir a alcanzar los objetivos previstos en la citada Directiva, que están alineados con el Plan Energético de Navarra Horizonte 2030, en la actividad diaria de las entidades sin ánimo de lucro.
Para ello se definen las siguientes medidas a subvencionar, cuyas características se detallan en el Anexo II de la convocatoria.
Beneficiarios:
Las entidades sin ánimo de lucro de Navarra que realicen inversiones relacionadas con el objeto descrito anteriormente.
A estos efectos, se entiende por entidades sin ánimo de lucro las registradas según el Real Decreto 949/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Asociaciones y que además cumplan con el carácter de ser sin ánimo de lucro.
Así mismo, se consideran entidades sin ánimo de lucro aquellas cooperativas que, conforme al artículo 78 de la Ley Foral 14/2006, de 11 de diciembre, de Cooperativas de Navarra, reuniendo los requisitos pertinentes, han sido calificadas como de iniciativa social por el Registro de Cooperativas de Navarra.
Quedan expresamente excluidas de esta convocatoria:
- Las entidades locales y sus organismos autónomos y entidades públicas empresariales.
- Las fundaciones y sociedades públicas participadas mayoritariamente por entidades locales.
- Los sindicatos y las entidades corporativas profesionales.
- Las entidades que tengan partida nominativa en los presupuestos del Gobierno de Navarra de 2018 para la realización de proyectos objeto de esta convocatoria.
Gastos subvencionables:
- Medida 1. Renovación de las instalaciones existentes de alumbrado interior en edificios.
La renovación de las instalaciones existentes de alumbrado interior de edificios propiedad de la solicitante o con contrato de alquiler en vigor con un periodo de duración mínima de 5 años desde la fecha de la solicitud, comprenderá: los equipos, la reforma de tendidos e instalaciones eléctricas, la obra civil, la auditoria, el proyecto y la dirección de obra.
El importe de la ayuda será del 30% del gasto considerado por el órgano gestor como subvencionable, con una cuantía máxima de ayuda de 10.000 euros por solicitud.
- Medida 2. Inversiones en instalaciones de energías renovables.
Serán objeto de subvención las inversiones (generadores, sistemas de almacenamiento sistemas de control, etc.) en instalaciones de energías renovables, tanto para uso térmico como eléctrico
El importe de la ayuda será del 30% del gasto considerado por el órgano gestor como subvencionable, salvo el caso de las instalaciones de biomasa que será del 15%, con un máximo de ayuda de 10.000 euros por solicitud.
- Medida 3. Movilidad sostenible y compartida.
Serán objeto de subvención los siguientes gastos:
- Adquisición de medios de transporte: categorías M, N, L, bicicletas de pedaleo asistido por motor eléctrico
- Instalación de una única infraestructura destinada a la recarga de vehículos eléctricos
El importe de la ayuda será el siguiente:
- Medios de transporte: 30% del coste elegible con los siguientes máximos:
- Vehículos de categoría M y N: 32.000 euros.
- Vehículos de categoría L:
- Categorías L1e y L2e : 5.000 euros.
- Categorías L3e, L4 y L5e: 10.000 euros.
- Categorías L6e y L7e :15.000 euros.
- Bicicletas de carga ligadas a transporte ultima milla: 2.500 euros.
- Bicicletas de pedaleo asistido por motor eléctrico: 1.500 euros.
- Bicicletas convencionales ligadas a uso profesional: 600 euros.
2. Instalación de infraestructura destinada a la recarga de vehículos eléctricos: 30% del coste elegible con los siguientes máximos:
- Modo de carga 2: 1.000 euros.
- Modo de carga 3: 3.000 euros.
- Modo de carga 4: 5.000 euros.