Habiendo comenzado el mes de abril y tras unos días de descanso por Semana Santa, un año más, los contribuyentes navarros tienen que rendir cuentas ante la Hacienda foral de navarra de cara a declarar los rendimientos obtenidos durante el año 2023 como personas físicas. Cabe recordar que el IRPF grava la obtención de renta mundial con independencia del lugar de procedencia de esas rentas y de donde se ubique el pagador.

Como datos fundamentales sobre la campaña de IRPF referente a las rentas obtenidas en el año 2023, cabe destacar lo siguiente:

  • Está prevista que la misma comience el próximo 9 de abril del 2024 y finalice el 27 de junio del 2024. Como todos los años, los primeros días de la misma están habilitados únicamente para la presentación de declaraciones por vía telemática a través de la página web o a través del programa de ayuda mediante procedimientos electrónicos de autenticación.

 

  • Posteriormente a estos primeros días de cortesía, los contribuyentes navarros podrán optar por hacer la renta de forma presencial entre 15 de abril y el 27 de junio del 2024 mediante el servicio de asistencia presencial de confección de autoliquidaciones que ofrece la Hacienda foral de navarra. Las oficinas disponibles para ello son las de Pamplona, (Calle Esquiroz), Tudela, Estella, Tafalla y Santesteban.

 

  • No obstante, únicamente podrán optar por la modalidad de declaración presencial aquellos contribuyentes que cumplan los siguientes requisitos:
    • Contribuyentes que obtengan rendimientos de trabajo inferiores a 100.000 euros en 2023.
    • Contribuyentes que obtengan rendimientos de capital inmobiliario inferiores a 24.000 euros en el año 2023.

 

  • Los contribuyentes podrán coger cita mediante vía telefónica o por internet en la página web de la hacienda foral de navarra facilitando el NIF y el PIN de la Hacienda foral.

 

  • Cabe destacar que se mantiene como método de autenticación el DNI y PIN del contribuyente de cara a poder elaborar la declaración de IRPF. Otras formas de autenticación pueden ser el sistema Cl@ve o el Certificado digital expedido por la FNMT.

 

  • Se sigue manteniendo el servicio de asistencia telefónica para elaborar las declaraciones.

 

  • Los plazos de pago de la deuda resultante sin asumir intereses por parte del contribuyente (siempre y cuando salga el resultado a pagar) son:
    • PRIMER 50% DE LA DEUDA RESULTANTE: Antes del 05/07/2024.
    • SEGUNDO 50% DE LA DEUDA RESULTANTE: Antes del 20/11/2024.

 

No obstante, el contribuyente puede optar por el pago de la totalidad de la deuda en un único plazo.

 

Como principal novedad para la campaña de renta del año 2023 celebrada en 2024, cabe destacar que se ha establecido un nuevo umbral de rentas obtenidas, el cual está en vigor desde el 01/01/2023. Dicho umbral consiste en el aumento del límite de rentas del sujeto pasivo de 12.600 euros a 14.500 euros, de tal forma que los contribuyentes navarros que cumplan los dos siguientes requisitos no estarán obligados a presentar declaración de IRPF:

    • Obtener rendimientos de trabajo por debajo de 14.500 euros anuales.
    • Obtención de rendimientos de Capital Mobiliario e Incrementos y Disminuciones de Patrimonio sujetas a retención por debajo de los 1.600 euros anuales conjuntamente.

 

En ARPA Accounting tenemos una dilatada experiencia en asesoramiento y elaboración de declaraciones de IRPF, por lo que estaremos encantados de atenderles en todas aquellas necesidades que puedan surgir al respecto de la campaña de renta.

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